Artículo 95, fracción III. Las facultades de cada área.
Dirección de Desarrollo Rural
Reglamento Orgánico del Gobierno Municipal de Linares, Nuevo León
De la Dirección de Desarrollo Rural
De la Dirección de Desarrollo Rural
ARTÍCULO 24.- La Dirección de Desarrollo Rural es la dependencia encargada de establecer e instrumentar las políticas, estrategias, acciones y programas tendientes a lograr el mejoramiento del nivel de vida de los pobladores de la zona rural, y le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
- Elaborar, promover y coordinar los programas para el fortalecimiento y estímulo de las zonas rurales del Municipio;
- Asesorar y capacitar al sector rural en temas relacionados con el desarrollo y para el crecimiento de las actividades económicas o en la ejecución de proyectos para mejorar la economía familiar;
- Implementar programas orientados al desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas, así como las relacionadas con el aprovechamiento del campo;
- Promover la creación de los consejos municipales para el desarrollo rural sustentable, para apoyar con proyectos productivos que beneficien a las personas del medio rural;
- Diseñar y operar proyectos para fomentar el cultivo, producción y comercialización de productos y subproductos agrícolas y agroindustriales dentro y fuera del municipio;
- Promover reuniones con productores agropecuarios de las diferentes ramas de producción para analizar propuestas, seguimientos y evaluaciones de los programas aplicados a la zona rural, lo mismo que proyectos productivos;
- Gestionar ante las autoridades estatales y federales, beneficios de los programas sectoriales para el apoyo al campo y el desarrollo rural;
- Promover programas de apoyo para fomentar la cría, engorda, reproducción y comercialización de las especies animales de la zona rural del Municipio; y;
- Las demás que le señalen como de su competencia las leyes, reglamentos y otras disposiciones jurídicas vigentes, así como aquello que específicamente le encomiende el C. Presidente Municipal, a quien informará oportunamente de las gestiones realizadas y resultados obtenidos.
Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Director de Desarrollo Rural se auxiliará con las Coordinaciones de: Coordinador de Ganadería, Agricultura y Acuacultura: Coordinador de Proyectos Productivos, Coordinador de Desarrollo Rural, Coordinador de Agro-negocios y demás Jefaturas que sean necesarias para el desarrollo de la Dirección, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del Municipio.