Artículo 95, fracción XLVII. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias públicas y privadas, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos las cuales deberán estar a más tardar 30 días después de celebrarse la reunión en que se aprueben las mismas.
2024 | Actas | Recomendaciones |
2023 | Actas | Recomendaciones |
Áreas responsables: Todas las Áreas
Fecha de actualización: 31/10/2024
Fecha de actualización: 31/10/2024